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Archivo para agosto 16, 2007

EL IMPERIO Y LA ISLA INDEPENDIENTE II

EL IMPERIO Y LA ISLA INDEPENDIENTE II
Fidel Castro Ruz
Fuente: Granma

Segunda parte: La aplicación de la Enmienda Platt y el establecimiento de la Base Naval en Guantánamo como marco de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos.

A finales de 1901 se inició el proceso electoral en el cual la candidatura de Tomás Estrada Palma alcanzó el triunfo sin oposición y contando con el apoyo del 47 por ciento del electorado. El Presidente electo en ausencia partió de Estados Unidos rumbo a Cuba el 17 de abril de 1902 y arribó tres días después. El cambio de poderes tuvo lugar el 20 de mayo de 1902 a las 12 del día. Ya se había constituido el Congreso de la República. Leonard Wood embarcó hacia su país en el acorazado “Brooklyn”.

El gobernador militar yanqui, Leonard Wood, tuvo el encargo de imponer la
Enmienda Platt.

En 1902, poco antes de proclamarse la República, el gobierno norteamericano informó al recién electo Presidente de la Isla sobre los cuatro lugares seleccionados para establecer las estaciones navales —Cienfuegos, Bahía Honda, Guantánamo y Nipe— previstas por la Enmienda Platt. También se consideró nada menos que el puerto de La Habana como “el lugar más ventajoso para la cuarta estación naval”.

Desde un inicio, a pesar de su origen espurio, el Gobierno de Cuba, en el cual participaban muchos de los que lucharon por la independencia, se opuso a la concesión de cuatro bases navales, pues consideraba que dos eran más que suficientes. La situación se volvió más tensa al endurecer el gobierno cubano sus posiciones y demandar la elaboración final del Tratado Permanente de Relaciones, con el fin de “determinar al mismo tiempo y no por partes, todos los particulares que fueron objeto de la Enmienda Platt y fijar el alcance de sus preceptos”.

El presidente McKinley había muerto el 14 de septiembre de 1901 como consecuencia de los disparos que había recibido el día 6 de ese mes. Theodore Roosevelt había ascendido tanto en su carrera política que era ya vicepresidente de Estados Unidos, por lo cual había asumido la presidencia tras los disparos mortales recibidos por su predecesor. A Roosevelt en ese momento no le resultaba conveniente precisar el alcance de la Enmienda Platt, para no demorar la instalación militar de la Base en Guantánamo, por lo que esta significaría en la defensa del Canal —iniciado y después abandonado por Francia en el Istmo centroamericano—, que el gobierno voraz del imperio tenía proyectado concluir a cualquier costo. Tampoco le interesaba definir la situación legal de Isla de Pinos. Por ello, de manera abrupta disminuyó el número de las bases navales en discusión, retiró la sugerencia del puerto de La Habana y finalmente se acordó la concesión de dos bases: Guantánamo y Bahía Honda.

Con posterioridad, en cumplimiento del Artículo VII del apéndice constitucional impuesto a la Convención Constituyente, se firmó el Convenio por los Presidentes de Cuba y Estados Unidos el 16 y el 23 de febrero de 1903 respectivamente:

“Artículo I.- La República de Cuba arrienda por la presente a los Estados Unidos, por el tiempo que las necesitare y para el objeto de establecer en ellas estaciones carboneras o navales, las extensiones de tierra y agua situadas en la isla de Cuba que a continuación se describen:

“1. En Guantánamo… ” Se hace una descripción completa de la bahía y el territorio adyacente.

“2. En Bahía Honda…” Se hace otra descripción similar.

En dicho Convenio se establece:

“Artículo III.- Si bien los Estados Unidos reconocen por su parte la continuación de la soberanía definitiva de la República de Cuba sobre las extensiones de tierra y agua arriba descritas, la República de Cuba consiente, por su parte, que durante el periodo en que los Estados Unidos ocupen dichas áreas a tenor de las estipulaciones de este convenio, los Estados Unidos ejerzan jurisdicción y señorío completos sobre dichas áreas con derecho a adquirir para los fines públicos de los Estados Unidos cualquier terreno u otra propiedad situada en las mismas por compra o expropiación forzosa indemnizando a sus poseedores totalmente.”

El 28 de mayo de 1903 comenzaron los trabajos de medición para establecer los linderos de la estación naval en Guantánamo.

En el Convenio del 2 de julio de 1903 sobre el tema se aprobó el “Reglamento para el arrendamiento de las Estaciones Navales y Carboneras”:

“Artículo I.- Los Estados Unidos de América acuerdan y estipulan pagar a la República de Cuba la suma anual de 2 000 pesos en moneda de oro de los Estados Unidos durante el tiempo que estos ocuparen y usaren dichas áreas de terreno en virtud del mencionado Convenio.”

“Todos los terrenos de propiedad particular y otros bienes inmuebles comprendidos en dichas áreas serán adquiridos sin demora por la República de Cuba. Estados Unidos convienen en suministrar a la República de Cuba las cantidades necesarias para la compra de dichos terrenos y bienes de propiedad particular, y la República de Cuba aceptará dichas cantidades como pago adelantado a cuenta de la renta debida en virtud de dicho Convenio.”

El Convenio que reglamentaba ese arrendamiento, firmado en La Habana por los representantes de los Presidentes de Cuba y Estados Unidos, respectivamente, fue aprobado por el Senado de Cuba el 16 de julio de 1903, ratificado por el Presidente de Cuba un mes más tarde, el 16 de agosto, y por el Presidente de Estados Unidos el 2 de octubre, canjeándose las ratificaciones en Washington el 6 de octubre, fue publicado en la Gaceta de Cuba el 12 del mismo mes y año.

Con fecha 14 de diciembre de 1903 se hizo saber que cuatro días antes, el 10 de ese mes, se había dado posesión a Estados Unidos de las áreas de agua y tierra para el establecimiento de la estación naval en Guantánamo.

Para el Gobierno y la Marina de Estados Unidos el traspaso de parte del territorio de la mayor de las Antillas era motivo de gran regocijo, y pretendió celebrarlo. En Guantánamo se reunieron con ese propósito buques de la Escuadra del Caribe y algunos acorazados de la Flota del Atlántico Norte.

El gobierno cubano designó al Jefe de Obras Públicas de Santiago de Cuba para hacer entrega de aquella parte del territorio sobre el cual teóricamente ejercía soberanía el 10 de diciembre de 1903, fecha escogida por Estados Unidos. Sería el único cubano que estaría presente en la ceremonia y solo por un corto tiempo ya que, cumplida su misión, sin brindis ni apretones de mano, se retiró al vecino poblado de Caimanera.

El jefe de Obras Públicas se había trasladado al acorazado “Kearsage”, que era el buque insignia norteamericano, a bordo del cual se encontraba el contralmirante Barker. A las 12:00 horas se dispararon 21 cañonazos y con los acordes del Himno Nacional de Cuba se arrió la bandera cubana que estaba izada en dicha nave, e inmediatamente se izó en tierra, en el punto llamado Playa del Este, con el mismo número de salvas, la bandera de Estados Unidos, con lo cual quedó concluido el acto.

Según el reglamento del Convenio, Estados Unidos debía dedicar las tierras cedidas exclusivamente a usos públicos, no pudiendo establecer en ellas comercios o industrias de ningún tipo.

Se comprometían mutuamente, las autoridades de Estados Unidos en dichos territorios y las autoridades cubanas, a entregar los prófugos de la justicia por delitos o faltas sujetos a la jurisdicción de las leyes de cada parte, siempre que lo solicitaran las autoridades de la nación que los juzgara.

Los materiales importados en las áreas de dichas estaciones navales para el uso y consumo de las mismas estarían libres del pago de derechos arancelarios, o de cualquier otra clase, a la República de Cuba.

El arrendamiento de las referidas estaciones navales incluía el derecho a usar y ocupar las aguas adyacentes a dichas extensiones de tierra y agua, a mejorar y profundizar las entradas de las mismas y sus fondeaderos, y a cuanto más fuera necesario para los usos exclusivos a que estaban dedicadas.

Aunque Estados Unidos reconocía la continuación de la soberanía definitiva de Cuba sobre aquellas extensiones de agua y tierra, ejercería, con el consentimiento de Cuba, “jurisdicción y señorío completos” sobre dichas áreas mientras las ocuparan de acuerdo con las otras estipulaciones ya citadas.

En el llamado Tratado Permanente del 22 de mayo de 1903, celebrado entre los gobiernos de la República de Cuba y de Estados Unidos, se habían precisado las relaciones futuras entre ambos países: es decir, se aseguró lo que llamara Manuel Márquez Sterling “la coyunda insoportable de la Enmienda Platt”.

El Tratado Permanente suscrito por ambos países fue aprobado por el Senado de Estados Unidos el 22 de marzo de 1904 y por el Senado cubano el 8 de junio de ese año, y fueron canjeadas las ratificaciones en Washington el 1° de junio de 1904. Por eso, la Enmienda Platt es una enmienda a una ley norteamericana, un apéndice a la Constitución de Cuba de 1901 y un tratado permanente entre ambos países.

Las experiencias adquiridas con la Base Naval de Guantánamo sirvieron para aplicar en Panamá medidas iguales o peores con el Canal.

En el Congreso norteamericano el método de las enmiendas introducidas, cuando se discute una ley que por su contenido e importancia es de impostergable necesidad, suele aplicarse con frecuencia obligando a los legisladores a dejar a un lado o sacrificar criterios discrepantes. Tales enmiendas han mordido más de una vez la soberanía por la que lucha incansablemente nuestro pueblo.

En 1912 el Secretario de Estado de Cuba, Manuel Sanguily, negoció con la cancillería norteamericana un nuevo tratado por el que Estados Unidos renunciaba a sus derechos sobre Bahía Honda a cambio de una ampliación en los límites de la estación en Guantánamo.

En ese mismo año, cuando se produjo el alzamiento del Partido de los Independientes de Color, que el gobierno del presidente José Miguel Gómez —del Partido Liberal— reprimió brutalmente, salieron de la Base Naval en Guantánamo tropas norteamericanas que ocuparon diferentes poblaciones de la antigua provincia de Oriente, cercanas a las ciudades de Guantánamo y de Santiago de Cuba, con el pretexto de “proteger vidas y haciendas de ciudadanos estadounidenses”.

En 1917, con motivo del levantamiento conocido por “La Chambelona” en Oriente, llevado a cabo por elementos del Partido Liberal que se opusieron al fraude electorero que llevó a la reelección al presidente Mario García Menocal, del Partido Conservador, destacamentos yanquis procedentes de la Base se dirigieron a diversos puntos de aquella provincia cubana, para lo cual utilizaron como pretexto “la protección del suministro de agua a la Base”.

Tercera parte: La derogación formal de la Enmienda Platt y el mantenimiento de la Base Naval en Guantánamo.

En 1933, la llegada al poder de la Administración demócrata de Franklin Delano Roosevelt en Estados Unidos dejó abierto el camino para un necesario reacomodo de las relaciones de dominación que ese país ejercía sobre Cuba. La caída de la tiranía de Gerardo Machado bajo la presión de un poderoso movimiento popular, y la posterior instalación de un gobierno provisional presidido por el profesor universitario de Anatomía, Ramón Grau San Martín, constituyeron un serio obstáculo para la realización del programa que demandaba el pueblo.

El 24 de noviembre de 1933, el presidente Roosevelt de Estados Unidos emitió una declaración oficial en la que alentó la conjura de Batista y el Embajador en La Habana, Sumner Welles, contra el gobierno de Grau, que incluía la oferta de firmar un nuevo tratado comercial y derogar la Enmienda Platt. Roosevelt explicó que “… Sería bienvenido cualquier Gobierno Provisional en Cuba en el cual el pueblo cubano demuestre su confianza”. La impaciencia de la administración estadounidense por desembarazarse de Grau iba en aumento, pues desde mediados de noviembre se acrecentó la influencia en el gobierno de un joven luchador antimperialista, Antonio Guiteras, quien en las semanas siguientes daría muchos de sus más radicales pasos. Había que derrocar rápidamente a ese gobierno.

Batista conspiró con el imperialismo para echar a bolina la Revolución del 33.

El 13 de diciembre de 1933, el embajador Sumner Welles regresó definitivamente a Washington, y fue sustituido cinco días después por Jefferson Caffery.

Durante los días 13 y 14 de enero de 1934, Batista convocó y presidió una reunión militar en Columbia en la que propuso destituir a Grau y nombrar al Coronel Carlos Mendieta y Montefur, lo cual fue acordado por la llamada Junta Militar de Columbia. Grau San Martín presentó su dimisión en la madrugada del 15 de enero de 1934 y embarcó rumbo a México, exiliado, el 20 de ese propio mes. Mendieta, entonces, quedó instalado como presidente mediante golpe de Estado, el 18 de enero de 1934. Aunque la administración de Mendieta había sido reconocida por Estados Unidos el 23 de enero de ese año, en realidad, como se sabe, el embajador Caffery y Batista dirigían los destinos del país.

El derrocamiento del mencionado gobierno provisional de Grau San Martín en enero de 1934, víctima de sus contradicciones internas y del arsenal de presiones, maniobras y agresiones que contra él esgrimieron el imperialismo y sus aliados criollos, significó un primer e indispensable paso en la imposición de una alternativa oligárquico-imperialista como salida a la crisis nacional cubana.

Al gobierno presidido por Mendieta correspondería la tarea de reajustar los vínculos de la dependencia neocolonial del país.

Ni la oligarquía reinstalada en el poder, ni el gobierno de Washington, estaban entonces en condiciones de ignorar el estado de ánimo del pueblo cubano hacia el neocolonialismo y sus instrumentos. Estados Unidos tampoco ignoraba la importancia del respaldo de los gobiernos de América Latina —Cuba entre ellos— en la ya entonces previsible confrontación con otras potencias imperialistas emergentes como Alemania y Japón.

En el proceso que entonces se iniciaba habrían de estructurarse fórmulas para garantizar el renovado funcionamiento del sistema neocolonial. La política de “buena vecindad” tenía muy en cuenta la oposición latinoamericana al intervencionismo abierto que Washington había practicado en el hemisferio. Era propósito de la política de Roosevelt obtener una nueva imagen en sus relaciones continentales mediante la fórmula diplomática del “buen vecino”.

Como una de las medidas de reajuste, el 29 de mayo de 1934 se firmó un nuevo Tratado de Relaciones cubano- norteamericano, modificando el del 22 de mayo de 1903, suscrito entonces por otro Roosevelt, tal vez de lejano parentesco, el de los Jinetes Rudos, que desembarcó en Cuba.

Dos días antes, el 27 de mayo, a las 10:30 de la mañana, y en los momentos en que el embajador de Estados Unidos, Jefferson Caffery, se preparaba a abandonar, como de costumbre, su residencia de Alturas de Almendares, fue objeto de un atentado de tres disparos realizado por varios desconocidos desde un automóvil. Al día siguiente, el 28 de mayo, al transitar al mediodía por la Quinta Avenida del reparto Miramar, el auto al servicio del primer secretario de la embajada de Estados Unidos, H. Freeman Matthews, de regreso después de haber dejado al diplomático en la Embajada, fue asaltado por varios individuos armados con ametralladoras que viajaban en un auto. Dirigiéndose uno de ellos al chofer, le dijo que hiciera saber a Matthews que le daba una semana de plazo para que se marchara de Cuba; acto seguido rompió de un golpe el parabrisas del auto y desaparecieron velozmente.

Estos actos revelaban un estado general de hostilidad contra Estados Unidos y pudieron haber precipitado la firma del nuevo Tratado de Relaciones que planteó el supuesto fin de la impopular Enmienda Platt.

El nuevo Tratado de Relaciones dispuso la supresión del derecho de intervención de Estados Unidos en Cuba y que:

“La República de Cuba y Estados Unidos de América, animados por el deseo de fortalecer los lazos de amistad entre los dos países y de modificar, con ese fin, las relaciones establecidas entre ellos por el Tratado de Relaciones firmado en La Habana el 22 de mayo de 1903, (… ) han convenido en los siguientes artículos:

[... ]

“Artículo 3.- En tanto las dos partes contratantes no se pongan de acuerdo para la modificación o abrogación de las estipulaciones del Convenio firmado por el Presidente de la República de Cuba el 16 de febrero de 1903, y por el Presidente de Estados Unidos de América el 23 del mismo mes y año, en cuanto al arrendamiento a Estados Unidos de América de terrenos en Cuba para estaciones carboneras o navales, seguirán en vigor las estipulaciones de ese Convenio en cuanto a la estación naval de Guantánamo. Respecto a esa estación naval seguirá también en vigor, en las mismas formas y condiciones, el arreglo suplementario referente a estaciones navales o carboneras terminado entre los dos Gobiernos el 2 de julio de 1903. Mientras no se abandone por parte de Estados Unidos de América la dicha estación naval de Guantánamo o mientras los dos gobiernos no acuerden una modificación de sus límites actuales, seguirá teniendo la extensión territorial que ahora ocupa, con los límites que tiene en la fecha de la firma del presente Tratado.”

El Senado de Estados Unidos ratificó el nuevo Tratado de Relaciones el 1° de junio de 1934, y Cuba, el 4 de junio. Cinco días después, el 9 de junio, se canjearon en Washington las ratificaciones del Tratado de Relaciones del 29 de mayo de ese año, con lo que desapareció formalmente la Enmienda Platt, pero permaneció la Base Naval en Guantánamo.

El nuevo Tratado legalizó la situación de facto en que se encontraba la estación naval en Guantánamo, por lo que se rescindía la parte de los convenios del 16 y 23 de febrero y 2 de julio de 1903 entre los dos países relativa a terrenos y aguas en Bahía Honda, y se modificaba, en el sentido de ampliarlos, aquella que se refería a las aguas y terrenos en la estación naval en Guantánamo.

Estados Unidos mantuvo la estación naval en Guantánamo como lugar estratégico de vigilancia y resguardo, para asegurar su predominio político y económico sobre las Antillas y Centroamérica y para la defensa del Canal de Panamá.

(continuará)

Propuesta de reforma constitucional plantea cambio de 33 artículos

Propuesta de reforma constitucional plantea cambio de 33 artículos
FUENTE: ABN 16/08/2007
Caracas, 16 Ago. ABN.- Una Fuerza Armada Bolivariana, Poder Popular con rango constitucional y situado propio, nuevas formas de propiedad, vicepresidentes ejecutivos regionales, una nueva geometría del poder y la inclusión de las Misiones en la Carta Magna fueron las propuestas que presentó el presidente de la República, Hugo Chávez, en su proyecto de reforma.

La reforma de la Constitución puede ser emprendida, según lo contempla la actual Carta Magna, por iniciativa del pueblo, de la Asamblea Nacional o por el Presidente de la República, tal y como ha sucedido en esta oportunidad. Para su aprobación, debe ser sometida a referendo consultivo popular y universal.

El nuevo nombre del componente militar será Fuerza Armada Bolivariana, aseguró Chávez. “Esto debe ser motivo de orgullo para la nación y sobre todo para los soldados venezolanos. Que recuperemos el término de Bolivariano tiene un peso histórico, moral, político, social, infinito, inconmensurable”, destacó.

Apuntó que será un cuerpo esencialmente patriótico popular y antiimperialista.

El Poder Popular se propone como uno de los componentes del Estado

Recordó el líder socialista que en la Constitución Bolivariana de 1999 no se plasmó ya que se quedó corta debido al tiempo en el que nació y la velocidad de los cambios generados.

‘Esta reforma es impostergable, ya que generará impactos tremendos en la aceleración del proceso de cambio revolucionario en lo social, político, económico y una mayor fortaleza democrática”.

La propuesta para el articulo 136 señala: El poder público se distribuye territorialmente de la siguiente forma: el Poder Popular, el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional.

En relación con el contenido de las funciones que ejerce el Poder Público, se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los Consejos Comunales, los Consejos obreros, los Consejos Campesinos, los Consejos Estudiantiles y otros entes que señale la Ley.

Cinco formas de propiedad

Presenta la propuesta de reforma cinco formas de propiedad: Pública, social, colectiva, mixta y privada (artículo 115).

La propiedad pública es aquella que pertenece a los entes del Estado. La social es la que pertenece al pueblo en su conjunto y puede ser indirecta o directa. Por su parte, la colectiva es la que pertenece a grupos sociales o personas para su aprovechamiento. Ésta puede ser de orden social o privado.

Además, la propuesta sobre la propiedad mixta se basa en su aprovechamiento por parte de los públicos y privados.

Finalmente, el líder socialista plantea la propiedad privada (perteneciente a personas naturales o jurídicas). Nuevamente bajo algunos parámetros como la posibilidad de expropiación por utilidad pública.

Al referirse a la modificación del articulo 225 de la Carta Magna señaló el Presidente que se contempla la existencia de vicepresidentes ejecutivos regionales.

Descartó el incremento del burocratismo con dicha modificación del texto, al tiempo que aseguró que propiciará el aumento de los niveles de corresponsabilidad en la función de gobierno.

Recordó que dicha propuesta fue formulada por él mismo ocho (8) años atrás, sin embargo la ‘Constituyente no la consideró’.

Leyó su planteamiento de cómo quedará el articulo 225 : ‘El poder Ejecutivo se ejerce por el presidente o presidenta de la República, el primer vicepresidente o primera vicepresidenta, los vicepresidentes o vicepresidentas, los ministros o ministras y demás funcionarios que determine esta constitución’, prosiguió.

La propuesta, señaló el Mandatario nacional, ‘la dejaré con flexibilidad porque si esto lo aprueba el pueblo será muy importante para incrementar la eficacia y la gestión del gobierno’.

Sobre la llamada nueva geometría del Poder (artículo 16) adelantó la propuesta sobre crer regiones marítimas, territorios federales, municipios federales, distritos federales, distritos insulares y comunas.

La propuesta es: “El territorio nacional se conforma a los fines políticos territoriales y de acuerdo con la nueva geometría del poder por un Distrito Federal, en el cual tendrá su sede la capital de la República, por los estados las regiones marítimas, los territorios federales, los municipios federales y los distritos insulares’.

La vigencia de los territorios y municipios federales quedará supeditada a la realización de un referendo aprobatorio en la entidad respectiva.

Los estados se organizan en municipios y la unidad política primaria de la organización territorial nacional será la ciudad, entendida ésta como todo asentamiento poblacional dentro del municipio e integrado por áreas o extensiones geográficas denominadas comunas.

Las comunas serán las células geohumanas del territorio y estarán conformadas por las comunidades, cada una de las cuales constituirá el núcleo espacial básico e indivisible del estado socialista venezolano.

A partir de la comunidad y la comuna, el poder popular desarrollará formas de agregación comunitarias, político-territoriales, las cuales serán reguladas en la Ley y que constituyan formas de autogobierno y cualquier otra expresión de democracia directa.

La Ciudad Comunal se constituirá cuando en la totalidad de su perímetro se hayan establecido las comunidades organizadas, las comunas y los autogobiernos comunales, estando sujeta su creación a un referendo popular que convocará el presidente de la República en Consejo de Ministros.

Los Distritos Funcionales se crearán conforme a las características históricas, socioeconómicas y culturales del espacio geográfico correspondiente así como en base a las potencialidades económicas que sea necesario desarrollar en beneficio del país.

El Distrito Funcional podrá ser conformado por uno o más municipios o lotes territoriales de éstos sin perjuicio del estado al cual pertenezcan.

La creación de un Distrito Funcional implica la creación y activación de una misión Distrital con el respectivo plan estratégico funcional a cargo del Gobierno nacional con la participación de los habitantes de dichos Distritos Funcionales y en consulta permanente con ellos.

La organización y funcionamiento de las Ciudades Federales se hará de conformidad con lo que establezca la Ley respectiva e implica la activación de una misión local en una ciudad con su correspondiente plan estratégico de desarrollo.

En el Territorio Federal, en el Municipio Federal y en la Ciudad Federal el Poder Nacional designará las autoridades respectivas, por un lapso máximo que establecerá la Ley, y sujeto siempre a mandatos revocables.

Las Provincias Federales se conformarán como unidad de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala regional, siempre en función de los planes estratégicos nacionales y al enfoque estratégico internacional del Estado venezolano.

Las Provincias Federales se constituirán pudiendo agregar indistintamente en Estados y Municipios sin que estos sean menoscabados en las atribuciones que esta Constitución les confiere.

La organización político territorial de la República se regirá por una Ley Orgánica”.

Misiones están consagradas en la propuesta

Chávez propone incluir la figura de las misiones sociales en la Constitución Nacional, pero “sin burocratizarlas ni limitarlas por exceso de legalismo”.

En el artículo 141 se incluye el concepto de Misiones como una figura alternativa de administración publica. “Las administraciones públicas son las estructuras organizativas destinadas a servir de instrumento a los poderes públicos, para el ejercicio de sus funciones y para la prestación de los servicios.

Las categorías de las administraciones públicas son: 1. Las administraciones públicas burocráticas o tradicionales, que son las que atienden a las estructuras previstas reguladas en esta constitución y las leyes y, 2. Las Misiones, constituidas por organizaciones de variada naturaleza, creadas para atender a la satisfacción de las más sentidas y urgentes necesidades de la población, cuya prestación exige de la aplicación de sistemas excepcionales e, incluso, experimentales, los cuales serán establecidos por el Poder Ejecutivo mediante reglamentos organizativos y funcionales”.

El Presidente enfatizó que las Misiones no estarían “encerradas” en una ley.

Otros de los cambios propuestos fueron la prohibición expresa del latifundio, la inclusión de la explotación de los hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, así como las explotaciones, servicios y bienes de interés público y carácter estratégico.

Además, propuso aumentar el mandato presidencial a siete años y permitir la reelección inmediata de este cargo, en su anteproyecto de reforma constitucional planteada al país desde la Asamblea Nacional.

Cabe destacar que la reforma constitucional fue una propuesta anunciada por el presidente Hugo Chávez Frías el 12 de agosto de 2006, cuando formalizó la inscripción de su candidatura ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), para participar en la pasada contienda electoral del 3 de diciembre.

La reforma constituyente el segundo de los Cinco Motores Constituyentes, con los cuales el Presidente se propuso acelerar la construcción del socialismo en Venezuela.

Reforma contempla inclusión del Poder Popular como componente del Estado

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, anunció que en la propuesta de reforma constitucional que entregó este miércoles a la Asamblea Nacional se incluye el Poder Popular como uno de los componentes del Estado. Durante su alocución en la sesión especial del Parlamento, el Mandatario nacional dijo que en la Constitución Bolivariana de 1999 no aparece el poder popular, ya que se quedó corta debido al tiempo en el que nació y la velocidad de los cambios generados en el país. Mencionó que esta reforma es impostergable, ya que generará “impactos tremendos en la aceleración del proceso de cambio revolucionario en lo social, político, económico y una mayor fortaleza democrática”. “Esta humilde propuesta está incrustando en el alma de la Constitución el Poder Constituyente y el Poder Popular, pues todos los demás poderes deben estar sujetos a la voluntad del poder popular”, dijo. La propuesta para el articulo 136 señala: El poder público se distribuye territorialmente de la siguiente forma: El Poder Popular, el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional. En relación con el contenido de las funciones que ejerce el Poder Público, se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del poder popular, éste no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población. El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los Consejos Comunales, los Consejos obreros, los Consejos Campesinos, los Consejos Estudiantiles y otros entes que señale la Ley. Por su parte, El artículo 136 de la constitución vigente establece: El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado, concluye el artículo 136, perteneciente al Capítulo I del Título IV referido al Poder Público. La presentación de la propuesta en el parlamento coincide con el 202 aniversario del juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro y con el tercer aniversario del Referendo Presidencial del 15 de agosto. El cambio a la Carta Magna fue anunciado por el presidente Hugo Chávez Frías el 12 de agosto de 2006, momento en que inscribió su candidatura ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para participar en la pasada contienda electoral del 3 de diciembre. La reforma constituyente es el segundo de los Cinco Motores Constituyentes, con los cuales el Presidente se propuso acelerar la construcción del socialismo del siglo XXI en Venezuela.

Doscientos dos años contra el imperialismo satánico.

Doscientos dos años contra el imperialismo satánico.
Mario Forti


HACIA LA COMUNIDAD DE NACIONES SUDAMERICANAS.

A dos días de que el gordo Antonini Wilson, nacido en La Victoria, y cuyos familiares regentaron la refresquería Apolo de la ciudad de la juventud, sembrara el escándalo de los dólares en el Aeroparque de Buenos Aires, era juramentado Patrick Duddy el flamante embajador de USA en Venezuela. Justo tres meses después que John Negroponte visitara Colombia, Ecuador, Perú y Panamá en su gira como Subsecretario de Estado de Bush.

Y un mes antes de que el diablo visitara Brasil y Uruguay en su famosa gira del etanol, gira que dividió América Latina en dos bloques bien diferenciados: uno que pretende socializar la energía (Socialismo Bolivariano) y otro que trabaja para privatizarla (Neoliberlismo con la cara que tenga). No se han hecho esperar desde entonces manifestaciones de derecha que ha unificado a la cúpula eclesiástica venezolana con los empresarios de la IV república, estudiantes financiados por la CIA, medios privados que son los partidos políticos de la dictadura mundial gringa.

El plan (Colombia-Patriot-Monroe) no es tan esotérico como para que no lo entienda quien tiene ojos para ver y oídos para oír. Chávez les mueve el piso político, económico y social del imperialismo satánico. La hegemonía capitalista ve en la revolución bolivariana un oponente duro de roer. De ahí que El Vaticano, el Grupo Cisneros, Duddy y Negroponte utilicen en varios escenarios políticos, mediáticos, sociales y económicos tácticas terroristas destinadas a alterar, confundir, tergiversar, interrumpir, un proceso de unidad latinoamericana que obviamente atenta contra la mencionada hegemonía gringa.

Nadie habló del aumento de la cerveza que impusieron Mendoza y Cisneros en Venezuela, como nadie habla de la conjunción estratégica que existe entre la derecha argentina y la venezolana cuyo objetivo principal es desestabilizar y derrocar a Chávez.

¿Es que ya se olvidó que desde el 1ero de Enero del 2005 existe una alianza estratégica entre Cisneros y La Nación argentina? Tal vez nadie sabe que este medio de la derecha sureña ha apoyado todos los golpes de Estado de la Argentina desde 1929 hasta el último de 1976. Abiertamente dejó clara su filiación al “carmonazo” de Abril del 2002 en Venezuela.

Cisneros y La Nación forman con AOL gringa una plataforma corporativa mediática destinada a producir, emitir, editar y controlar contenidos y negocios en Internet. Además de crear inteligencia mediática y de contenidos que dan como producto básico matrices de opinión fundamentalmente antichavista, pero sobre todo contrarrevolucionarias.

En Argentina manejan a grupos mediáticos como lo son el de Hadad y el de Montea destinados a lavar el cerebro de los argentinos e hispanos que ven televisión por cable. Cisneros al comprar el paquete accionario en el Grupo Editorial El País-Planeta, de España llega a través de los medios impresos a todo aquel que lee en español con su veneno al estilo Venevisión.

Cisneros y Time Warner, Inc. Controlan el capital y los “think thank” (centros de formación ideológica) de AOL Latin America. Lo que significa una poderosa red de formación e información destinada a gravar en la mentalidad latinoamericana el sello del imperialismo más salvaje que existe.

Para nadie en nuestro país debe ser un secreto que Cisneros mantiene a intelectuales como lo son Andrés Oppenheimer, trabajando para CNN y Miami Herald, diarios que ampararon a los “Comandos F-4” del terrorismo cubano exiliado en Florida, los mismos que estuvieron implicados en el asesinato del Fiscal Danilo Anderson, aquel fatídico Noviembre. Mantienen a canales como el 9 de Buenos Aires que le tiene una plataforma mediática a Oppenheimer en un programa de entrevistas al estilo RCTV impulsando todo lo que huela a antichavismo latinoamericano.

Cisneros mantiene a Oppenheimer (Argentina), Castañeda (México) y a Vargas Llosa (Perú) como emblemáticos escritores prosistema capitalista. Pero esto no queda aquí, ya en el año 2002 recordemos, y no olvidemos jamás, que fue el Grupo Cisneros con su lobby de abogados quien confeccionó la famosa “Carta Democrática” destinada a aislar y derrotar a Chávez. Pero Mendoza y Cisneros declaran “no somos políticos”…

El control social de las masas pasa por el control de los medios masivos de difusión y el de las telecomunicaciones, por eso Cisneros trabaja multinacionalmente. No es la cabeza, sino un empleado del sistema del imperialismo de las multinacionales. Hoy a 202 años del Juramento en el Monte Sacro y a 3 años de la victoria del Referéndum, y a próximas horas de la presentación del proyecto de Reforma de la Constitución Nacional por nuestro Comandante Hugo Chávez en la Asamblea Nacional transcribimos actualizándonos:

“¡Juro delante de Usted!
¡Juro por el Dios de mis padres!
¡Juro por ellos!
¡Juro por mi honor!
Y ¡juro por mi Patria!
Que no daré descanso a mi brazo,
Ni reposo a mi alma,
Hasta que no haya roto las cadenas
Que nos oprimen por voluntad
Del imperialismo yanki.”

Simón Bolívar.

Ni el gordo Wilson, ni el genocida Negroponte, ni el sicario Duddy, ni las derechas unidas desde Madrid hasta Buenos Aires, ni El Pentágono, y la CIA, ni El Vaticano (sinagoga de Satanás), ni los sionistas que apoyan el gobierno de Bush, ni los oligopolios económicos mediáticos, ni la dictadura mundial detrás del imperialismo de las multinacionales podrá impedir el avance ineludible de la revolución socialista bolivariana.

¡Por ahora y para siempre! ¡Patria Socialismo o Muerte! ¡Venceremos! ¡Viva Chávez carajo!

Mforti9@cantv.net

El Partido socialista debe ser Horizontal

El Partido socialista debe ser Horizontal
Los Partidos tradicionales son piramidales


Todos los partidos en la actualidad tienen una estructura piramidal, estructura profundamente conservadora y reaccionaria heredada de los tiempos de la monarquía.Los partidos tradicionales son piramidales porque responden a la lógica del capitalismo, nacieron en su seno, han sido usados precisamente para preservar este sistema y naturalmente tienen la forma del sistema que pretenden preservar.

Análogamente los partidos políticos, el Estado-nación, las policías y los ejércitos modernos, instituciones de la desigualdad creadas sobre las bases del capitalismo y el “derecho a la propiedad” santifican, justifican y preservan los privilegios y la explotación, es decir preservan y reproducen el sistema que les dio origen: el capitalismo.

Una estructura que surja sobre las bases de la revolución y para impulsar el socialismo debe tener la forma de nuestro sueño, debe ser igualitaria y no jerárquica, libertaria y no autoritaria, orgánica y no mecánica, en una palabra: debe ser horizontal, si no, nos estamos engañando, estamos repitiendo la lógica del capitalismo y no avanzaremos a ninguna parte: No se puede construir el socialismo sin ser socialista.

Donde hay Jerarquías no hay igualdad. Solo la opaca igualdad de derecho, pero nunca la igualdad real, la igualdad de hecho. Los socialistas queremos igualdad de hecho y nuestro partido debe ser un partido de los hechos y la praxis, no de la teoría y la abstracción.

Donde hay Jerarquías no hay Libertad. Solo la triste libertad de escoger quien va a impartir las órdenes y eso naturalmente no es libertad.

Donde no hay ni Igualdad ni Libertad no hay Socialismo.

Tal como en el capitalismo, en un partido piramidal se tienen clases; se tiene a los de “arriba” y a los de “abajo”, La dicotomía ricos-pobres en el capitalismo tiene su análogo elites-bases en un partido piramidal. Y tal como en el capitalismo, donde los de “arriba” acumulan capital, en un partido piramidal los de “arriba” acumulan parcelas de poder político y privilegios, que luego se traducen en capital.

Un partido estructurado horizontalmente no nos plantea estas diferencias, además las organizaciones horizontales y en red son altamente más eficientes que las rígidas y verticales.

Como se observa, una estructura piramidal promueve la división y queremos que el de los revolucionarios sea un partido socialista unido y no uno dividido y mucho menos en clases. Un partido donde existen divisiones de clases no es socialista.

Para ser consecuentes con el principio de LIBERTAD debe haber libertad de pensamiento y acción. El Partido Socialista Unido de Venezuela debe ser un ejemplo de autogobierno y de liderazgo colectivo.

Los esquemas capitalistas, esclavizan, deshumanizan y alienan, son una estructura que oprime a unos y envilece a otros. El partido Socialista no puede ser una colección de socialistas unidos bajo una estructura de tipo clasista, jerárquica, capitalista: un partido tradicional. El partido que una a los socialistas debe SER socialista.

Jorge Eugenio Zoltan C.I 22.654.400 04161703162 jorgezoltan@gmail.com

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